Firma electrónica y manuscrita en un mismo contrato: ¿es posible?

Hoy en día, cada vez es más frecuente ver documentos firmados electrónicamente. Sin embargo, muchas personas siguen prefiriendo la tradicional firma manuscrita. ¿Es posible combinar estas dos formas y firmar un contrato con una firma electrónica y otra manuscrita? ¿Será válido un contrato de este tipo? ¿Y si una de las partes lo firma electrónicamente y la otra a mano?

¿Cuándo es válido un contrato?

En general, para que un contrato sea válido, debe cumplir ciertas condiciones, como:

  • declaraciones de voluntad consentidas por las partes - Ambas partes deben estar dispuestas a celebrar un contrato y estar de acuerdo con su contenido;
  • capacidad jurídica - Las partes deben ser mayores de edad y tener plena capacidad jurídica;
  • el objeto del contrato debe ser viable, legal y estar claramente definido; - el contrato debe celebrarse de conformidad con la legislación aplicable y estar claramente definido. El objeto del contrato debe ser viable, legal y estar claramente definido;
  • debe observarse la forma prescrita por la ley - El contrato debe celebrarse en la forma prescrita por la ley, por ejemplo, oralmente, por escrito o en forma de documento notarial..

 

En el Derecho polaco, la forma de un contrato es, por regla general, arbitraria, salvo que disposiciones específicas dispongan lo contrario. Esto significa que un contrato puede celebrarse verbalmente, por escrito o incluso implícitamente (por ejemplo, por la conducta de las partes).

Forma escrita frente a forma electrónica

Sin embargo, hay situaciones en las que la ley exige que se conserve la forma escrita so pena de nulidad. La forma escrita es un soporte duradero que permite reproducir en el futuro el contenido de la declaración de voluntad. Puede ser un documento en papel con firma manuscrita, pero también un documento electrónico con firma electrónica reconocida.

Una firma electrónica reconocida tiene efectos jurídicos equivalentes a una firma manuscrita.

Es un tipo de firma electrónica que:

  • se atribuye inequívocamente al firmante,
  • permite identificar al firmante,
  • se presenta utilizando datos a los que sólo tiene acceso el firmante,
  • está vinculado a los datos a los que está unido de tal manera que cualquier cambio posterior en los datos es detectable.

Firma electrónica y manuscrita en un mismo contrato

Por regla general no hay obstáculo para que un mismo contrato se firme simultáneamente con firma electrónica y firma manuscrita. Tal situación puede darse, por ejemplo, cuando:

  • las partes se encuentran en lugares distintos y una prefiere firmar el contrato electrónicamente y la otra en mano,
  • el acuerdo es multilateral y algunas partes prefieren una firma electrónica y otras una firma manuscrita,
  • el contrato se redacta en papel, pero una de las partes desea además estampar su firma electrónica reconocida para mayor seguridad.

 

En tal situación es importante que cada parte firme de forma satisfactoria y vinculante para ella.

Firma electrónica frente a firma manuscrita: diferentes partes del contrato

Del mismo modo, no hay ningún obstáculo para que una de las partes de un contrato lo firme con una firma electrónica y la otra parte lo firme con una firma manuscrita. Se trata de una práctica cada vez más habitual, especialmente en los contratos a distancia.

No obstante, debe tenerse en cuenta que si la ley exige la forma escrita bajo pena de nulidad, ambas partes deben aportar firmas que cumplan estos requisitos.

Esto significa que si una de las partes firma el contrato con una firma electrónica reconocida, la otra parte también debe proporcionar una firma electrónica reconocida o una firma manuscrita en el documento en papel.

Más información:

  • Cabe recordar que firma de confianza (perfil de confianza) no es una firma electrónica reconocida. Puede utilizarse para contactos con la administración pública, pero no siempre será suficiente para firmar contratos de derecho civil.

 

  • Si el contrato se firma electrónicamente, conviene tener en cuenta lo siguiente la seguridad del documento y su integridad. Esto puede hacerse, por ejemplo, utilizando sello electrónico o mecanismos de protección contra modificaciones.

 

  • En el caso de los contratos a distancia, conviene averiguar la identidad de la otra parte i verificar la autenticidad de la firma electrónica.

 

  • La aplicación de una firma cualificada y una firma manuscrita a un contrato suele conllevar la presentación por separado de dos documentos. Una versión en papel con la firma manuscrita original y una confirmación por escrito del certificado de firma cualificada. Como la validez del contrato se establece con las firmas originales, entonces sólo es válida la versión en papel con la confirmación del certificado de firma cualificada. La versión electrónica está firmada originalmente sólo por una de las partes, mientras que la firma de la otra parte es sólo un escaneado (copia) del documento.  



Firmar contratos simultáneamente con una firma electrónica y otra manuscrita o hacer que una parte firme un contrato con una firma electrónica y la otra con una firma manuscrita es aceptable y habitual.

Sin embargo, es importante que cada una de las partes firme de forma que sea vinculante para ellas y cumpla los requisitos de la ley.

En caso de duda sobre la forma de la firma, siempre es aconsejable consultar a un abogado.

Firmas reconocidas SimplySign y Certum Mini

Si tiene alguna duda o pregunta, póngase en contacto con nosotros

+48 22 417 05 55

Responderemos a sus preguntas, le encontraremos una fecha adecuada y un asesor en Gdansk, Gdynia, Cracovia, Varsovia o Breslavia.

También puede enviarnos un correo electrónico a podpisano.plcontacto@ . 

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¿Cuándo es válido un contrato?

En general, para que un contrato sea válido, debe cumplir ciertas condiciones, como:

  • declaraciones de voluntad consentidas por las partes - Ambas partes deben estar dispuestas a celebrar un contrato y estar de acuerdo con su contenido;
  • capacidad jurídica - Las partes deben ser mayores de edad y tener plena capacidad jurídica;
  • el objeto del contrato debe ser viable, legal y estar claramente definido; - el contrato debe celebrarse de conformidad con la legislación aplicable y estar claramente definido. El objeto del contrato debe ser viable, legal y estar claramente definido;
  • debe observarse la forma prescrita por la ley - El contrato debe celebrarse en la forma prescrita por la ley, por ejemplo, oralmente, por escrito o en forma de documento notarial..

 

En el Derecho polaco, la forma de un contrato es, por regla general, arbitraria, salvo que disposiciones específicas dispongan lo contrario. Esto significa que un contrato puede celebrarse verbalmente, por escrito o incluso implícitamente (por ejemplo, por la conducta de las partes).

Forma escrita frente a forma electrónica

Sin embargo, hay situaciones en las que la ley exige que se conserve la forma escrita so pena de nulidad. La forma escrita es un soporte duradero que permite reproducir en el futuro el contenido de la declaración de voluntad. Puede ser un documento en papel con firma manuscrita, pero también un documento electrónico con firma electrónica reconocida.

Una firma electrónica reconocida tiene efectos jurídicos equivalentes a una firma manuscrita.

Es un tipo de firma electrónica que:

  • se atribuye inequívocamente al firmante,
  • permite identificar al firmante,
  • se presenta utilizando datos a los que sólo tiene acceso el firmante,
  • está vinculado a los datos a los que está unido de tal manera que cualquier cambio posterior en los datos es detectable.

Firma electrónica y manuscrita en un mismo contrato

Por regla general no hay obstáculo para que un mismo contrato se firme simultáneamente con firma electrónica y firma manuscrita. Tal situación puede darse, por ejemplo, cuando:

  • las partes se encuentran en lugares distintos y una prefiere firmar el contrato electrónicamente y la otra en mano,
  • el acuerdo es multilateral y algunas partes prefieren una firma electrónica y otras una firma manuscrita,
  • el contrato se redacta en papel, pero una de las partes desea además estampar su firma electrónica reconocida para mayor seguridad.

 

En tal situación es importante que cada parte firme de forma satisfactoria y vinculante para ella.

Firma electrónica frente a firma manuscrita: diferentes partes del contrato

Del mismo modo, no hay ningún obstáculo para que una de las partes de un contrato lo firme con una firma electrónica y la otra parte lo firme con una firma manuscrita. Se trata de una práctica cada vez más habitual, especialmente en los contratos a distancia.

No obstante, debe tenerse en cuenta que si la ley exige que la forma escrita sea válida, entonces ambas partes deben aportar firmas que cumplan estos requisitos. Esto significa que si una de las partes firma un contrato con una firma electrónica reconocida, la otra parte también deberá aportar una firma electrónica reconocida o una firma manuscrita en un documento en papel.

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