Firma electrónica y manuscrita en un mismo contrato – ¿es posible?

Hoy en día, cada vez es más frecuente ver documentos firmados electrónicamente. Sin embargo, muchas personas siguen prefiriendo la tradicional firma manuscrita. ¿Es posible combinar estas dos formas y firmar un contrato con una firma electrónica y otra manuscrita? ¿Será válido un contrato de este tipo? ¿Y si una de las partes lo firma electrónicamente y la otra a mano?
8 min czytania Publikacja: 17 December 2024

¿Cuándo es válido un contrato?

En general, para que un contrato sea válido, debe cumplir ciertas condiciones, como:

  • declaraciones de intenciones consentidas por las partes – Ambas partes deben estar dispuestas a firmar el acuerdo y aceptar su contenido;
  • capacidad jurídica – Las partes deben ser mayores de edad y tener plena capacidad jurídica;
  • el objeto del contrato debe ser factible, lícito y definido – El objeto del contrato debe ser realista, ajustarse a la normativa aplicable y estar claramente definido;
  • la forma exigida por la ley &#8211 debe respetarse; El contrato debe celebrarse en la forma prescrita por la ley, por ejemplo, oralmente, por escrito o en forma de acta notarial..

 

En el Derecho polaco, la forma de un contrato es, por regla general, arbitraria, salvo que disposiciones específicas dispongan lo contrario. Esto significa que un contrato puede celebrarse verbalmente, por escrito o incluso implícitamente (por ejemplo, por la conducta de las partes).

Forma escrita frente a forma electrónica

Sin embargo, hay situaciones en las que la ley exige que se conserve la forma escrita so pena de nulidad. La forma escrita es un soporte duradero que permite reproducir en el futuro el contenido de la declaración de voluntad. Puede ser un documento en papel con firma manuscrita, pero también un documento electrónico con firma electrónica reconocida.

Una firma electrónica reconocida tiene efectos jurídicos equivalentes a una firma manuscrita.

Es un tipo de firma electrónica que:

  • se atribuye inequívocamente al firmante,
  • permite identificar al firmante,
  • se presenta utilizando datos a los que sólo tiene acceso el firmante,
  • está vinculado a los datos a los que está unido de tal manera que cualquier cambio posterior en los datos es detectable.

Firma electrónica y manuscrita en un mismo contrato

En principio, no hay ningún obstáculo para que un contrato se firme simultáneamente con una firma electrónica y una firma manuscrita. Esta situación puede darse, por ejemplo, cuando:

  • las partes se encuentran en lugares distintos y una prefiere firmar el contrato electrónicamente y la otra en mano,
  • el acuerdo es multilateral y algunas partes prefieren una firma electrónica y otras una firma manuscrita,
  • el contrato se redacta en papel, pero una de las partes desea además estampar su firma electrónica reconocida para mayor seguridad.

 

En tal situación es importante que cada una de las partes firme de forma satisfactoria y vinculante para ellas.

Firma electrónica frente a firma manuscrita: diferentes partes del contrato

Del mismo modo, no hay ningún obstáculo para que una de las partes del contrato lo firme con una firma electrónica y la otra con una firma manuscrita. Se trata de una práctica cada vez más habitual, sobre todo en los contratos a distancia.

No obstante, hay que tener en cuenta que si la ley exige la forma escrita bajo pena de nulidad, entonces ambas partes deben aportar firmas que cumplan estos requisitos. 

Esto significa que si una de las partes firma el contrato con una firma electrónica reconocida, la otra parte también debe proporcionar una firma electrónica reconocida o una firma manuscrita en el documento en papel.

Más información:

  • Cabe recordar que firma de confianza (Perfil de confianza) no es firma electrónica reconocida. Puede utilizarse para contactos con la administración pública, pero no siempre será suficiente para firmar contratos de Derecho civil.

 

  • Si el contrato se firma electrónicamente, conviene tener en cuenta lo siguiente seguridad de los documentos y su integridad. Esto puede hacerse, por ejemplo, utilizando precinto electrónico o mecanismos de protección contra la modificación.

 

  • En el caso de los contratos a distancia, merece la pena averiguar la identidad de la otra parte i verificar la autenticidad de la firma electrónica.

 

  • La aplicación de una firma cualificada y una firma manuscrita a un contrato suele implicar su presentación por separado y por partida doble. Una versión en papel con la firma manuscrita original y una confirmación por escrito del certificado de firma cualificada. Como la validez del contrato se establece con las firmas originales, entonces sólo es válida la versión en papel con la confirmación del certificado de firma cualificada. La versión electrónica está firmada originalmente sólo por una de las partes, mientras que la firma de la otra parte es sólo un escaneado (copia) del documento.  



Firmar contratos simultáneamente con una firma electrónica y otra manuscrita o hacer que una parte firme un contrato con una firma electrónica y la otra con una firma manuscrita es aceptable y habitual.

Sin embargo, es importante que cada una de las partes firme de forma que sea vinculante para ellas y cumpla los requisitos de la ley.

En caso de duda sobre la forma de la firma, Siempre es aconsejable consultar a un abogado.

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También puede enviarnos un correo electrónico [email protected]. 

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¿Cuándo es válido un contrato?

En general, para que un contrato sea válido, debe cumplir ciertas condiciones, como:

  • declaraciones de intenciones consentidas por las partes – Ambas partes deben estar dispuestas a firmar el acuerdo y aceptar su contenido;
  • capacidad jurídica – Las partes deben ser mayores de edad y tener plena capacidad jurídica;
  • el objeto del contrato debe ser factible, lícito y definido – El objeto del contrato debe ser realista, ajustarse a la normativa aplicable y estar claramente definido;
  • la forma exigida por la ley &#8211 debe respetarse; El contrato debe celebrarse en la forma prescrita por la ley, por ejemplo, oralmente, por escrito o en forma de acta notarial..

 

En el Derecho polaco, la forma de un contrato es, por regla general, arbitraria, salvo que disposiciones específicas dispongan lo contrario. Esto significa que un contrato puede celebrarse verbalmente, por escrito o incluso implícitamente (por ejemplo, por la conducta de las partes).

Forma escrita frente a forma electrónica

Sin embargo, hay situaciones en las que la ley exige que se conserve la forma escrita so pena de nulidad. La forma escrita es un soporte duradero que permite reproducir en el futuro el contenido de la declaración de voluntad. Puede ser un documento en papel con firma manuscrita, pero también un documento electrónico con firma electrónica reconocida.

Una firma electrónica reconocida tiene efectos jurídicos equivalentes a una firma manuscrita.

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  • se atribuye inequívocamente al firmante,
  • permite identificar al firmante,
  • se presenta utilizando datos a los que sólo tiene acceso el firmante,
  • está vinculado a los datos a los que está unido de tal manera que cualquier cambio posterior en los datos es detectable.

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En principio, no hay ningún obstáculo para que un contrato se firme simultáneamente con una firma electrónica y una firma manuscrita. Esta situación puede darse, por ejemplo, cuando:

  • las partes se encuentran en lugares distintos y una prefiere firmar el contrato electrónicamente y la otra en mano,
  • el acuerdo es multilateral y algunas partes prefieren una firma electrónica y otras una firma manuscrita,
  • el contrato se redacta en papel, pero una de las partes desea además estampar su firma electrónica reconocida para mayor seguridad.

 

En tal situación es importante que cada una de las partes firme de forma satisfactoria y vinculante para ellas.

Firma electrónica frente a firma manuscrita: diferentes partes del contrato

Del mismo modo, no hay ningún obstáculo para que una de las partes del contrato lo firme con una firma electrónica y la otra con una firma manuscrita. Se trata de una práctica cada vez más habitual, sobre todo en los contratos a distancia.

No obstante, hay que tener en cuenta que si la ley exige la forma escrita bajo pena de nulidad, entonces ambas partes deben aportar firmas que cumplan estos requisitos. Esto significa que si una de las partes firma el contrato con una firma electrónica reconocida, la otra parte también debe proporcionar una firma electrónica reconocida o una firma manuscrita en el documento en papel.

Firmas reconocidas SimplySign y Certum Mini

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